martes, abril 23, 2024
Policiales

Condenan a un hombre que le mostraba pornografía a la hija de su mujer

 

El juez de audiencia de Santa Rosa Daniel Alfredo Sáez Zamora condenó a un hombre de 57 años a tres años de prisión de ejecución condicional, por ser autor material y penalmente responsable de los delitos de abuso sexual simple, calificado por ser el autor encargado de la guarda y aprovechando la situación de convivencia preexistente con la víctima menor de 18 años, en concurso real con suministro de material pornográfico.

Con las evidencias aportadas en la causa, el juez dio por probado que, sin precisar una fecha exacta, pero cuando la hija de una expareja del acusado contaba entre 10 y 15 años (actualmente tiene 23), le realizó tocamientos.

Ellos tuvieron lugar en una pensión donde vivía el imputado, quien la invitaba a dormir la siesta y le mostraba pornografía en la televisión. Luego esos actos “se intensificaron en frecuencia” cuando ya convivía con la madre de la víctima, aprovechando “los momentos en que quedaba a solas con ella”.

Esas circunstancias ocurrieron cuando ingresaba a la habitación de la niña para darle “el beso de las buenas noches” y cuando le enseñaba a manejar.

El caso se resolvió a partir de un acuerdo de juicio abreviado propuesto por el fiscal de General Acha, Juan Bautista Méndez, la defensora Laura Fabiana Riestra y el victimario, quien admitió la autoría de los hechos.

La conducta del acusado quedó probada, dijo Sáez Zamora, no solo por el propio reconocimiento que hizo en el acuerdo, sino también por las correspondientes pruebas científicas efectuadas por las oficinas especializadas, además de la documental y los restantes elementos probatorios, que determinaron de forma clara y precisa los hechos por los que sufriera la víctima cuando era niña.

“Entiendo que los elementos objetivos y subjetivos de los tipos penales quedaron subsumidos en la conducta desplegada por el acusado, toda vez que éste realizó tocamientos a la menor. Asimismo le permitía observar material pornográfico. Su accionar fue deliberado, es decir con la intención y el saber de cumplir el tipo penal por el que se lo acusa y por el que se convino el presente juicio abreviado”, acotó el magistrado.

Las partes también convinieron que el imputado deberá cumplir con las siguientes reglas de conducta durante tres años: fijar residencia, someterse al cuidado del Ente de Políticas Socializadoras, abstenerse de relacionarse con la víctima y concurrir a su domicilio, y no consumir estupefacientes ni abusar de bebidas alcohólicas. (Diario Textual)

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