jueves, abril 18, 2024
EconomiaEconomia

Impuesto a las Ganancias: ni la devolución ni los cambios se aplicarán sobre los sueldos de abril que se cobran en mayo

Los cambios en el Impuesto a las Ganancias implican que el piso para tributar sube a $150.000 brutos para los trabajadores en relación de dependencia y por ser retroactivo al 1° de enero una devolución por los descuentos aplicados en los meses previos. Pero ese reintegro, que varía según las deducciones y situación particular de cada contribuyente no se dará con los sueldos de abril, que se cobran entre fines de mes y el quinto día hábil de mayo.

Tampoco comenzarán a regir los cambios. Es decir, este mes el impuesto se retiene como siempre.
Cuando en marzo pasado el titular de la Cámara de Diputados, Sergio Massa, había presentado el proyecto, desde el oficialismo se había deslizado que con un rápido tratamiento y sanción de la ley, la mejora en los salarios de esos trabajadores y jubilados se podría sentir con los sueldos correspondientes a abril.

Luego de aceptar hacerlo retroactivo a enero para que rija en todo el año fiscal, el eje cambió: no había apuro de plazos de reintegro porque garantizaba que más tarde o más temprano los trabajadores recibirán ese acumulado y a la vez dejarán de estar alcanzados por el gravamen de ahora en adelante.

Tanto para efectuar el reintegro, como aplicar las nuevas deducciones, los empleadores están a la espera de que el Ministerio de Economía, y luego la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) publiquen las reglamentaciones correspondientes. En la cartera que comanda Martín Guzmán. se ultimaban los detalles para resolver esos aspectos técnicos, que luego darán lugar a un cambio en el aplicativo web por el que el propio trabajador debe informar las cargas de familia y las especiales que le permiten pagar menos o estar eximido.

Esa normativa será central para que los empleadores, y los trabajadores alcanzados, conozcan los mecanismos para la devolución del impuesto. El reintegro de esa suma debe hacerlo el agente de retención, es decir las empresas, que aguardan esas definiciones para conocer si habrá que hacerlo en una sola vez o si se habilitará la devolución en cuotas.

Las modificaciones a reglamentar por Economía incluyen determinar cómo se va a moderar el impacto del gravamen sobre los sueldos entre $150.000 y $173.000, dado que la ley facultó al Poder Ejecutivo a definir la manera de suavizar los saltos de escala en ese rango salarial.

También deben reglamentarse las nuevas deducciones incorporadas en la ley: horas extras, gastos en indumentaria y por concubino o concubina. Así como los gastos de guardería o del jardín materno-infantil que utilicen los contribuyentes con hijos de hasta tres años de edad y en gastos educativos. Este punto tendrá un tope de $67.000 al año o $5590 por mes. Además está la doble deducción por hijos e hijastros discapacitados.

Los cálculos de la devolución de Ganancias

En total. se estima una inyección de $10.000 millones por el reintegro de lo retenido en los meses previos. Pero el impacto en cada contribuyente hasta ahora alcanzado por el gravamen dependerá no solo de su ingreso, sino de las distintas deducciones, personales y especiales.

Los montos variarán según el nivel salarial, las deducciones personales (cargas de familia) y las especiales, tanto las que regían como las que se suman con la ley. Esas mismas circunstancias son las que limitan el monto que “sumará” al bolsillo, o dejará de descontarse de manera mensual, que estará en $3200 promedio.

Según el resto de las deducciones de cada trabajador (como hipoteca, personal de casas particulares, servicios médicos, entre otras), y sobre la base de los cálculos realizados por el oficialismo, las escalas de devolución con la ley serán:

Para un trabajador soltero sin hijos que gana $110.000 bruto ($91.300 netos), hasta ahora el descuento mensual de Ganancias ronda los $1658 mensuales. En este caso, la devolución de los primeros tres meses asciende a $4974. Hasta el momento con ese sueldo bruto, un casado con dos hijos no está alcanzado por Ganancias y seguirá así.

En tanto, un trabajador soltero que gana $130.000 brutos ($107.900 netos) recibirá $15.216 por la devolución de las retenciones hechas durante el primer trimestre. Con ese mismo nivel salarial, si es casado y deduce dos hijos, recibirá $1970 en concepto de reintegro.

Un trabajador soltero que gana $140.000 brutos ($116.200 netos) recibirá $21.640 de devolución por el primer trimestre. Si es casado y tiene dos hijos se le reintegrarán $5340.

Un trabajador soltero que gana $150.000 brutos ($124.500 netos) recibirán $28.920 por los tres primeros meses retenidos. Si es casado y tiene dos hijos, se le reintegrarán $ 10.000.

Comentarios

Comentarios

comentarios