domingo, abril 28, 2024
Nacionales

Anuncian una nueva definición de “contacto estrecho”

El Ministerio de Salud de la Nación confirmó la ampliación de la definición de “contacto estrecho” que ahora será todo aquel que haya tenido interacción con un caso confirmado “hasta 48 horas antes” de que el paciente infectado hubiese manifestado síntomas.

Antes se consideraba únicamente mientras el caso presentaba síntomas.

Al encabezar el reporte diario que emite la cartera sanitaria para informar sobre la situación epidemiológica en la pandemia de coronavirus, la secretaria de Acceso a la Salud, Carla Vizzotti, explicó que esa nueva definición de contacto estrecho busca trabajar sobre el monitoreo de esas personas que deben “hacer el aislamiento” de manera estricta.

Comentarios

Comentarios

comentarios