jueves, abril 18, 2024
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Juicio por Jurados en la ciudad: “Son imparciales y toman la decisión final”

El juez Eduardo Damper d’Empaire , en comunicación con De la Bahía habló sobre los juicios por jurado que se vienen en la ciudad en los próximos meses.

DEmpaire informó y explicó el procedimiento del juicio por jurados en la 91.5: “El juicio por jurados es un modelo de juzgamiento, que esta previsto en la constitución desde 1853, donde los que deciden sobre la culpabilidad de la persona acusada. Esa decisión queda en manos de los ciudadanos, que tienen que ser del mismo lugar donde se desarrolla el juzgamiento”.

“Básicamente en Bahía serán delitos graves los que se analizaran, con penas de mas de 15 años de prisión, con homicidios, delitos sexuales o robos agravados. No tienen que tener conocimiento jurídico, ni eso ser necesario, de hecho la ley señala y excluye del jurado a los abogados. Lo que tienen que resolver son cuestiones de hecho, luego el fiscal ayuda y resuelve otras cuestiones de culpabilidad desde el inicio. Luego sobre la prueba, el jurado señalará si eso se produjo o no lo que se juzga”.

Y añadio: “Los integrantes del jurado se le brindan instrucciones, en un lenguaje llano y compresivo para todo el mundo. El jurado tiene que ser imparcial, porque actúan como juez y juzgador. Tiene que ser imparcial significa que no tiene que tener ningún tipo de interés particular y también de las partes.Todos somos ciudadanos ya que vivimos relacionándonos con nuestras valoraciones respecto de muchas cuestiones, pero esto no quiere decir que resolviendo una cuestión no seamos parciales, por eso una de las personas del jurado se puede excusar de participar.

Selección de jurados: “Cuando se inicia el juicio se hace una selección de jurados, donde hay 48 y quedan solo 12 ciudadanos, mas 6 suplentes, con 6 hombres y 6 mujeres en el jurado”.

Unimidad o no en el juzgamiento: “Si no se logra una unimidad en el juzgamiento, para los delitos de pena perpetua tiene que haber una unimidad, pero si se alcanza una mayoría, se permite al fiscal que vuelve a juzgar o no el hecho. Y para los delitos que son temporales, la mayoría que se exige es de 10 votos sobre 12 y con una mayoría de 8, el fiscal decide”, concluyó el juez Dempaire.

 

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