miércoles, abril 24, 2024
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Prohiben la comercialización de una marca de orégano

 

La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica prohibió la comercialización de una marca de orégano.

El orégano marca 51 fue prohibido por la Anmat a raíz de una denuncia del INTA, que llegó a la conclusión de que no cumplía con la normativa vigente.

De acuerdo al Acta de Inspección 2018/2454-INAL-337, la INAL tomó muestra del producto que se vendía en el supermercado mayorista Makro, ubicado en San Martín, provincia de Buenos Aires.

Se realizó un análisis microscópico de la muestra y se arrojó como conclusión que no cumplía con las condiciones requeridas por el Departamento Control y Desarrollo del INAL ni con el Código Alimentario Argentino (CAA), resultando ser un alimento adulterado.

En consecuencia, a través de la Disposición 1542/2018, el organismo estatal resolvió prohibir la comercialización del orégano marca 51 RNPA N° 01-05165791, RNE N° 01-0020320, vencimiento 12/2019 en todo el territorio nacional.

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