viernes, abril 19, 2024
Nacionales

“Trasladar a una persona a un lugar cualquiera no es prisión domiciliaria”

El presidente de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH), Francisco Eguiguren, se pronunció sobre el fallo judicial que dispuso el traslado de Milagro Sala de la cárcel de Alto Comedero en la provincia de Jujuy a un inmueble ubicado en Parque La Ciénaga, al aclarar que si bien aún el órgano no ha sido notificado oficialmente, “trasladar a una persona a un lugar cualquiera no es prisión domiciliaria”.

“Trasladar a una persona a un lugar cualquiera diciendo ‘ya no está en la cárcel, está en prisión domiciliaria’, no es prisión domiciliaria” remarcó el titular de la CIDH al agregar que “cambiar a una persona de un centro penal a otro lugar no es prisión domiciliaria sino un cambio de centro de detención”.

De esta manera, se refirió al segundo fallo judicial que en coincidencia con el anterior, da cumplimiento a la medida cautelar que concedió en julio la CIDH en favor de Sala y en la que solicita al Estado argentino que “adopte medidas alternativas a la detención preventiva, como el arresto domiciliario, o bien que la señora Milagro Sala pueda enfrentar los procesos en libertad con medidas como la fiscalización electrónica”.

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