viernes, abril 19, 2024
Policiales

Un hombre fue encarcelado por golpear con un caño a su hermana

 

Un hombre de 29 años fue procesado y enviado en forma preventiva a la cárcel en San Luis por golpear y lesionar severamente a su hermana en varias partes del cuerpo con un caño de hierro.

La denuncia de la víctima, que tiene 23 años, destapó una situación de maltrato físico y psicológico constante y el magistrado se amparó en la ley de violencia de género para encarcelar al agresor para preservar la integridad de la víctima.

En la Comisaría 2ª, más tranquila y luego de pasar por un centro de salud en el que debieron curarle un corte en el brazo derecho, Yanina Solange Parrilla contó el calvario que su hermano, Alexander Parrilla, le hacía vivir a diario.

La joven, que además vive con otros dos hermanos, contó que el joven la insultaba a diario, le hacía comentarios despectivos por su peso y la obligaba a cocinarle y limpiarle, golpiza mediante si se negaba.

También dijo que nunca denunció por miedo, y hasta justificó a su hermano diciendo que es adicto a las drogas.

Pero lo que ocurrió el lunes 4 de febrero trasvasó un límite. Enojado porque Yanina no le había cocinado nada, Alexander primero la insultó, luego le arrojó un pocillo de cerámica y, como ella lo esquivó, buscó un hierro y la golpeó en las piernas, los brazos y la espalda.

La agresión fue tan salvaje que el palo de escoba que la víctima agarró para defenderse se quebró ante los insipientes golpes.

Fue una vecina la que llamó a la Policía, cerca de las 14:20, luego de que Yanina huyera despavorida y herida a la calle.

Cuando los efectivos de la Comisaría 2ª acudieron a la vivienda, en calles Maestro Berrondo y Leandro Alem, debieron controlar y reducir al agresor, que también los insultó y quiso golpear a uno con un cabezazo.

Tras pasar once días detenido, Bustamante Marone finalmente lo procesó este viernes por el delito de “lesiones calificadas por el vínculo y el género”, y lo encarceló como una forma de proteger a la víctima, que había pedido que, al menos, lo excluyeran del hogar.

Para fundamentar su decisión, el juez se amparó en la Convención de Belen do Pará, que “establece a todo efecto, que se considera violencia contra la mujer cualquier acción o conducta, basada en su género, que cause su muerte, daño o sufrimiento, sea físico o psicológico, aún sexual, tanto en el ámbito privado como público”.

“Que dicha convención fija… adoptar por todos los medios apropiados y sin dilaciones, políticas, orientadas a prevenir, sancionar y erradicar dicha violencia, debiendo actuar con la debida diligencia a tales fines…”.

Por ello, y considerando que Alexander ya había sido apresado e incluso condenado por otros delitos, le dictó la prisión preventiva a modo de “un reproche más severo”. (El Diario de la República)

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