viernes, abril 19, 2024
Locales

Desestimaron la causa judicial por la explosión que se produjo el año pasado en la empresa Dow

Luego de analizar los testimonios recogidos, los informes médicos y los resultados de las pericias practicadas en el lugar, el fiscal Cristian Aguilar decidió desestimar la causa abierta por la explosión que se produjo el 28 de junio de 2019 en la empresa Dow.

Para llegar a esta instancia, se inspeccionó el lugar de los hechos junto a ingenieros; se tomaron fotografías y filmaciones en la zona donde ocurrió el incidente; se realizó un análisis pericial en el que intervinieron profesionales de la Universidad Nacional del Sur (UNS) y un perito oficial del Departamento Judicial de Bahía Blanca, se realizaron exámenes e informes médicos a las personas que se encontraban en lugares cercanos al hecho y se recibieron declaraciones testimoniales al personal de la empresa que estaba trabajando en el momento del hecho.

A modo de síntesis, del análisis de todo ello surge, por un lado, que ninguna persona resultó lesionada.

Por otro lado, y más allá de la conmoción inicial debido al gran estruendo, tampoco existió un peligro común para los bienes o para las personas.

Tampoco se liberaron gases tóxicos que pudieran causar peligro para la salud. Así fue determinado por los expertos de la UNS y de la Asesoría Pericial de esta ciudad que estudiaron lo ocurrido.

“Del análisis efectuado, debo concluir que en el marco del siniestro ocurrido en la planta ´Dow´ el 28 de junio de 2019 no se cometió ni configuró ningún delito. La conmoción e inevitable preocupación que se generó en función del gran estruendo que sintió ese día en todos los que vivimos en Bahía Blanca e Ingeniero White, me llevaron a extremar las precauciones en miras a determinar si se había ocasionado estrago alguno; si algún operario había resultado lesionado, y si había existido un peligro común para los bienes o se había puesto en peligro la vida de las personas y la sociedad. La respuesta fue negativa. Ninguna de esas hipótesis se verificó. De modo que las conductas analizadas, no constituyeron un delito tipificado en nuestro ordenamiento jurídico penal”, agregó Aguilar.

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