miércoles, abril 24, 2024
Nacionales

¿Es necesario guardar la constancia de voto?

 

Desde que los nuevos DNI se implementaron por completo, los argentinos dejamos de llevar el registro de votación en el documento. Al sello y firma plasmado en la documentación de papel la suplantó un pequeño papel que es la constancia de sufragio. Pero ¿hay que guardarla? ¿Por cuánto tiempo?

En su sitio web la Cámara Nacional Electoral aclara que “el presidente de mesa le entregará al elector una constancia de emisión del sufragio en la que constan los datos del elector y la firma del presidente de mesa”.

Y agrega: “Dicha constancia se encuentra adherida al padrón mediante un troquelado y una vez que el elector firma el padrón, el presidente firma el troquel, lo desprende y lo entrega junto con el documento”.

Ese pequeño papel, cuya foto se multiplica en las redes sociales luego de una elección como la que vivimos ayer, suele generar el interrogante de si guardarlo o no.

Según la Cámara Nacional Electoral es prudente guardarlo aunque no una obligación.

“Cuando el elector aparece en el registro de infractores al deber de votar, pese a haber votado y además no cuenta con la constancia, puede solicitar a la autoridad competente que verifique su firma en el padrón. Si el elector no figura como infractor, no necesita hacer ningún trámite ante la pérdida de la constancia”, aclara el organismo nacional.

“Hasta tanto el elector no verifique que no se encuentra en el Registro de Infractores al deber de votar es aconsejable que guarde el troquel, dado que si por alguna circunstancia a pesar de haber emitido su voto se encuentra en dicho registro, le servirá como prueba ante la Justicia nacional electoral para que corrobore la emisión del voto”, concluye la Cámara Electoral. (Los Andes)

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