jueves, marzo 28, 2024
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La Justicia publica el anteproyecto del nuevo régimen penal juvenil para recibir aportes al texto

 

El Ministerio de Justicia publicó en Internet el anteproyecto del nuevo Régimen de Responsabilidad Penal Juvenil que contempla la baja de imputabilidad de los 16 a los 15 años, permite un abordaje interdisciplinario de la situación del adolescente y a la vez dispone como excepcional la sanción privativa de la libertad.

El anteproyecto (que tiene 100 artículos) es el resultado de más de tres años de trabajo que involucraron -a partir de la participación en Justicia 2020- a más de 3000 expertos de todo el país y miembros de la sociedad civil, en tanto una comisión redactora (de la que participó, entre otros, UNICEF) preparó las bases del texto, que desde ayer fue puesto a consideración de la sociedad civil en www.justicia2020.gob.ar/noticias para recibir aportes y sugerencias.

“El anteproyecto hace foco en el cuidado de las víctimas, involucrándolas activamente, e introduce alternativas de inserción social para que esos jóvenes no vuelvan a cometer delitos”, señaló la cartera que conduce Germán Garavano en la introducción al texto.

También señala que se ordena en cuatro ejes fundamentales: 1) contar con una Justicia especializada, 2) abordar los problemas desde una perspectiva multidisciplinaria y restaurativa, 3) fomentar en el niño o el adolescente el sentido de la responsabilidad por sus actos, 4) procurar la integración social de los jóvenes e involucrar activamente a las víctimas.

El texto prohíbe, entre otras cuestiones, cualquier medida de coerción procesal sobre los niños y niñas que estén por debajo de la Edad Mínima de Responsabilidad Penal (EMRP), “por lo que nunca más podrá haber jóvenes inimputables institucionalizados”, se aclara en la iniciativa.

De todos modos, define que el proyecto “no implica una baja de edad sino la creación de un Sistema de Responsabilidad Penal Juvenil homogéneo a nivel federal que permita hacer responsables a los adolescentes de 15 años únicamente por los delitos más graves”.

Establece la responsabilidad penal de los adolescentes mayores de 15 y menores de 18 años, al momento de la comisión del hecho, que cometieran algún delito reprimido con una pena máxima de 15 años de prisión o más en el Código Penal, es decir para delitos graves.

Además. fija el carácter excepcional de la sanción privativa de la libertad, ya que sólo podrá imponerse cuando las medidas o sanciones socioeducativas y disciplinarias no resultaren adecuadas para los fines de esta ley o fracasen con anterioridad por razones imputables al adolescente.

Por otro lado, establece que en la aplicación de la ley se tendrá en cuenta el interés superior del adolescente “que consiste en garantizar el disfrute pleno y efectivo de los derechos reconocidos por la Convención sobre los Derechos del Niño y el desarrollo físico, mental, espiritual, moral, psicológico y social del adolescente”.

Asimismo, dispone que la sustanciación de los procesos penales comprendidos en la ley, así como el control de las medidas y la ejecución de las sanciones, estarán a cargo de órganos con capacitación especializada en adolescentes y conocimientos de la Convención sobre los Derechos del Niño.

El proyecto contempla además el acompañamiento individualizado de cada joven en el marco del Plan de Seguimiento Integral, que estará a cargo de un referente de seguimiento, quien deberá garantizarle una transición hacia la vida autónoma, teniendo en cuenta su situación particular.

En cuanto a las erogaciones que requiriere el cumplimiento de la ley, establece que se atenderán con los recursos que se incluyeran en las leyes presupuestarias correspondientes a cada ejercicio, en tanto en el año de su entrada en vigencia, se deberá disponer la reasignación de las partidas correspondientes.

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