martes, abril 23, 2024
Espectáculos

Le pusieron un “bozal legal” a Reina Reech luego de defender a su hermano

A principios de 2019, Sofía Krutoy tomó la decisión de denunciar por violencia de género a su ex pareja Alejandro Javier Maurín, medio hermano de la actriz Reina Reech y conocido en el medio como “Sander”.

Sofía, actriz y bailarina, difundió imágenes con un moretón en su brazo, brindó su testimonio en la Fiscalía y la causa fue caratulada como “violencia familiar”.

Luego, también denunció que Sander le pidió que se retracte públicamente y la amenazó con quitarle a su hija.

La causa continúa en investigación. Pera ahora ocurrió un nuevo episodio que reavivó la polémica entre ambas familias.

El pasado 1 de noviembre Reina Reech visitó el programa Incorrectas y defendió a su hermano. “La verdad me costó siempre creer lo que decían. Yo creo que no sucedió este tema“, aseguró.

Sander es un hombre de paz, un hombro amoroso. Sacó muchas cosas de papá y sinceramente dije ‘no voy a hablar porque me gusta estar del lado de la mujer’, pero en este caso a mí me cuesta mucho creer“, sentenció Reina y lamentó que su familia no pueda ver a la hija de su hermano.

Por estas declaraciones, a través de sus abogados Alejandro Cipolla y Cristian Pavón, Sofía pidió lo que popularmente se conoce como un “bozal legal” para Reina, para que no pueda volver a hacer mención al conflicto. Y la Justicia se lo concedió.

La resolución del Juzgado Civil 7 que prohíbe a Reina Reech hablar del conflicto entre su hermano y Sofía Krutoy.

Hacer saber a Reina Cristina José que deberán guardar estricta confidencialidad del contenido de las actuaciones judiciales y que salvo conformidad expresa de ambos, no podrán exponer la vida privada de Ana Sofía Krutoy ni de R. L. M. en forma pública, bajo apercibimiento de incurrir en delito de desobediencia“, dice la resolución que realizó el Juzgado Civil 7 y a la que tuvo acceso Clarín.

Y continúa: “La Sra. Sofía Krutoy ha expresado su oposición para la divulgación de imágenes y contenido de la vida personal suya y de su hija R. L. M., quedando expeditas las acciones de daños y prejuicios correspondientes, en caso de incumplimiento“. (Clarín)

 

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