miércoles, octubre 9, 2024
Nacionales

Promulgan la Ley de Pirotecnia Cero en la provincia de Buenos Aires

El gobierno provincial promulgó la ley aprobada en diciembre pasado por la Cámara de Diputados bonaerense que “prohíbe la venta al público minorista, la venta ambulante en la vía pública y el uso particular de artificios pirotécnicos y de cohetería de uso recreativo de alto impacto sonoro, cualquiera fuera su característica y naturaleza, como así también los denominados globos aerostáticos de pirotecnia”.

A la vez, se prohíbe la adquisición y uso por parte del sector público provincial de todo artificio pirotécnico o de cohetería, de alto impacto sonoro, en los eventos y/o espectáculos que organice.

LOS ARTIFICIOS EXCEPTUADOS

De la medida quedan exceptuados los artificios pirotécnicos de utilización en agricultura o meteorología, tales como cohetes antigranizo, de provocación de lluvia y similares; los utilizados de forma industrial o para la actividad minera o el que toda otra actividad productiva o extractiva pudiere hacer uso de materiales explosivos; los usados en ferrocarriles, transportes terrestres y aéreos, navegación marítima y fluvial y localización de personas.

También quedan excluidos los artificios pirotécnicos de utilización en mecanismos o sistemas de seguridad, detección de incendios y similares y aquellos para señales de auxilio, emergencias, uso de las Fuerzas Armadas, de Seguridad y/o Defensa Civil.

CAMPAÑAS DE DIFUSIÓN

La ley establece la realización de campañas de difusión y concientización sobre los alcances de la norma, con “el objeto de elevar el nivel de conocimiento de la población sobre la necesidad de evitar los riesgos derivados del uso de los artificios pirotécnicos, de cohetería de alto impacto sonoro y globos aerostáticos de pirotecnia”.

LAS SANCIONES

La persona que incumpla la normativa será sancionado con multa equivalente al valor de entre cinco (5) y cincuenta (50) haberes mensuales de Agentes de Seguridad (Agrupamiento Comando) de la Policía de la Provincia de Buenos Aires y el decomiso de la pirotecnia.

“Si quien utiliza en forma recreativa artificios pirotécnicos y/o cohetería es menor de edad, la sanción será impuesta al adulto responsable del menor”, señala.

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