jueves, noviembre 14, 2024
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¿Qué implicancias tiene la Ley de Pago Soberano en el conflicto con los buitres?

La norma sacionada este jueves por la Cámara de Diputados permite el desplazamiento del BoNY, la creación de fideicomisos, la reapertura del canje, el pago a los holdouts y el cambio de legislación. Las claves.

La Ley de Pago Soberano sancionada este jueves por la Cámara de Diputados implica:

1) Desplazamiento del Banco de Nueva York (BoNY): la entidad financiera estadounidense será removida de sus funciones y se designará en su lugar a Nación Fideicomisos SA.
En rigor, los fondos depositados en el BoNY pertenecen a los bonistas, pero el banco no los distribuye porque el juez Griesa determinó que debían bloquearse para evitar una violación del pari passu.
Al cambiar la sede de pago, el gobierno se asegura que los acreedores cobren su dinero.

2) La creación de Fideicomisos:
se crearán fideicomisos con fines específicos determinados por ley, la única aplicación que se le puede dar a esos recursos son los establecidos por la misma. Los fondos serán depositados en el Banco Central. En uno de ellos, el “Fondo de Pago Soberano de Deuda Reestructurada”, se realizarán los pagos a todos aquellos bonistas que hayan ingresados en los canjes de 2005 y 2010.

3) Reapertura del Canje:
es para aquellos holdouts que quieran cobrar bajo las mismas condiciones que los bonistas reestructurados y recibir los montos correspondientes en el “Fondo de Pago Soberano de Deuda Reestructurada”, junto con el 92,4%.

4) Pagos a holdouts: se creará el “Fideicomiso de Pago Soberano de Deuda Pendiente de Canje”, una cuenta de Nación Fideicomisos en la cual se depositará en tiempo y forma “una cantidad de fondos equivalentes a los que correspondería pagar por los servicios de los actuales Títulos Públicos que en el futuro se emitan”.

5) Cambio de Legislación:
los bonistas que lo deseen podrán cambiar la Ley vigente de sus bonos por la ley argentina. Si un acreedor sospecha que sus bonos con legislación extranjera pueden ver perjudicados sus cobros por futuras sentencias judiciales, tienen garantizado el depósito por la justicia doméstica. Además, se incorporó, para mayor confianza, a Francia como nueva jurisdicción del canje.

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