viernes, abril 19, 2024
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Monotributo 2021: cómo será la nueva tabla de categorías, las escalas de facturación y las cuotas

El Régimen Simplificado para pequeños contribuyentes, más conocido como Monotributo, tendrá su actualización anual desde el 1 de enero próximo, con alzas de poco más de 31% para las escalas de facturación y cuotas mensuales. A la vez, servirán de referencia para la primera recategorización obligatoria que opera el 21 del primer mes.

Aunque todavía falta que la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) oficialice las subas para las categorías y los pagos mensuales, el último aumento a jubilados, pensionados y asignaciones que paga la ANSES (5% en diciembre) permite calcular cómo quedará el régimen en 2021.

Según establece el artículo 52 de la Ley de Monotributo, “los montos máximos de facturación, los montos de alquileres devengados y los importes del impuesto integrado a ingresar, correspondientes a cada categoría de pequeño contribuyente, así como las cotizaciones previsionales se actualizarán anualmente en enero en la proporción de las dos últimas variaciones del índice de movilidad de las prestaciones previsionales”.

También dispone que “las actualizaciones dispuestas resultarán aplicables a partir de enero de cada año, debiendo considerarse los nuevos valores de los parámetros de ingresos brutos y alquileres devengados para la recategorización prevista correspondiente al segundo semestre calendario del año anterior.

Así los parámetros tendrán un alza de 31,02% para todo el ejercicio fiscal 2021, porque -tal como sucede con la actualización del impuesto a las Ganancias- lo por tercer año consecutivo quedará por debajo de la inflación anual, estimada en torno a 37% para este año.

Este 2020 las escalas de facturación y cuotas se incrementaron en 51% contra una inflación que fue en 2019 de 53,8%. Lo mismo ya había pasado el año anterior, con un alza de 28,48% para el Monotributo y un IPC anual de 47,6% en 2018.

Si un pequeño contribuyente queda fuera del Monotributo, debe inscribirse en el Régimen General, por lo que va a tener que pagar el impuesto a las Ganancias, el Impuesto al Valor Agregado (IVA) y Autónomos, lo que implica una mayor carga fiscal.

Según el cálculo, el año próximo, el pequeño contribuyente no podrá excederse de facturar en todo 2021 más de $2.278.780,55 para aquellos que presten servicios o $3.418.170,85 para los que vendan productos.

A la vez, la cuota mínima (componente impositivo más aportes jubilatorios y obra social) pasará a $2562 para todos los monotributistas de la categoría mas baja y la máxima estará en $12.383 para los locadores y prestadores de servicios (categoría H) y en $19.280 para los comerciantes (categoría K).

Mientras se terminan de elaborar las tablas finales, el Gobierno busca definir cambios en el régimen simplificado. El objetivo es realizar un pase más “suave” entre el Monotributo y el Régimen General, que de momento es “un salto al vacío”, como definen los tributaristas.

Cómo quedan las categorías y las cuotas para 2021

.La categoría A, la más baja del Monotributo, tendrá el año próximo un máximo de facturación de $273.453, tanto de bienes como de servicios. La cuota mensual será de $2562.

.La categoría B tendrá una facturación anual de hasta $410.180 y una cuota de $2864 por mes, tanto para servicios como para los que venden productos.

.La categoría C abarcará a aquellos pequeños contribuyentes que facturen por año $546.907. La cuota será de $3275 por mes para los prestadores o locadores de servicios y $3219 para los comerciantes.

.La categoría D tendrá un límite de facturación de $820.361 y cuotas mensuales de $3862 para servicios y $3770 para la venta de productos.

.La categoría E será para quienes tengan ingresos brutos anuales hasta $1.093.014. La cuota por mes será de $5072 para los servicios y de $4561 para bienes.

.La categoría F será para facturación en el año de hasta $1.367.268, mientras la cuota mensual quedará en $6072 para servicios y de $5245 para la venta de productos.

.La categoría G se limita a ingresos anuales por $1.640.722 y cuotas de $7082 para servicios y $5972 para productos.

.La categoría H será para una facturación en el año de hasta $2.278.780, mientras las cuotas irán de $12.383 para servicios (esta es la última categoría permitida para locadores y prestadores) y $10.332 para la venta de bienes.
Por su parte, las categorías más altas para los monotributistas que vendan productos quedarán de la siguiente forma:

.La categoría I regirá para ingresos brutos anuales de hasta $2.677.577 y la cuota de $14.852 por mes.

.La categoría J para facturación por hasta $3.076.353 y una cuota mensual de $17.058.

.La categoría K será para facturación anual hasta $3.418.170 y cuota total de $19.280 por mes.

(TN)

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